BOE-A-2025-16128
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 14 de Julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la Que Se Registra y Publica el Vi Convenio Colectivo del Grupo Distribuidora Internacional de Alimentación, Sa, y Día Retail España, Sau.
Fecha de publicación
lunes, 4 de agosto de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Trabajo y Economía SocialEpígrafe
Convenios Colectivos de TrabajoResumen
Resumen del BOE-A-2025-16128, Resolución de 14 de julio de 2025
El BOE publica la aprobación e inscripción del VI Convenio Colectivo del Grupo DIA (Distribuidora Internacional de Alimentación, SA y Día Retail España, SAU), suscrito el 7 de mayo de 2025, con vigencia hasta 31 de diciembre de 2028 y efectos económicos desde 1 de enero de 2025. La norma regula las condiciones laborales, salariales, de organización del trabajo, igualdad, salud laboral y derechos sindicales en todo el territorio español para el personal de las empresas del grupo.
Afecta a todos los empleados con contrato laboral en dichas empresas, excluyendo aquellos en situaciones reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. La entrada en vigor es inmediata tras su publicación.
El convenio establece un marco normativo que incluye: condiciones de contratación, períodos de prueba, clasificación profesional, movilidad, ascensos, jornadas laborales, descansos, vacaciones, salario, complementos, horas extraordinarias, medidas de igualdad, protección frente al acoso, permisos y excedencias, y medidas específicas para colectivos vulnerables (personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, LGTBI+). Además, fija los salarios mínimos por grupos profesionales y zonas, con incrementos anuales vinculados a IPC y revisiones salariales específicas.
Se refuerza el compromiso con la igualdad efectiva, no discriminación y prevención del acoso laboral y sexual, incluyendo protocolos específicos y órganos de seguimiento. También se regulan medidas de protección frente a riesgos psicosociales y de desconexión digital.
El convenio garantiza derechos sindicales, participación en comités y sistemas de mediación y arbitraje. La publicación y registro en el BOE confirman su carácter oficial y obligatorio para las partes afectadas.
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