BOE-A-2025-16701

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 31 de Julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.a., por la Que Se Publica el Convenio con Secco Pádel Brand, Sl, para la Realización de Prácticas Académicas Externas por Parte de Estudiantes de Postgrado.

Fecha de publicación

lunes, 11 de agosto de 2025

Resumen

Resolución de 31 de julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP)

Esta resolución publica el convenio suscrito entre la UIMP y Secco Pádel Brand, SL, para facilitar prácticas académicas externas de estudiantes de postgrado en dicha empresa. La finalidad es que los alumnos puedan realizar prácticas curriculares, extracurriculares y proyectos de fin de máster, en tareas relacionadas con su formación, promoviendo su experiencia profesional y competencias.

El acuerdo afecta a estudiantes matriculados en programas de postgrado de la UIMP, incluyendo aquellos en movilidad o convenios con otras universidades, siempre que cumplan requisitos académicos y de no relación contractual previa con la empresa, salvo autorización. Las prácticas tienen carácter formativo, sin establecer relación laboral ni obligaciones de antigüedad o empleo en la empresa, y se ajustan a la normativa vigente en seguridad social y seguros.

La duración y horarios de las prácticas se determinarán en cada caso mediante anexos específicos, que también definirán objetivos, actividades, tutores, condiciones económicas (si las hubiera) y otros aspectos particulares. La supervisión será compartida entre tutores de la empresa y académicos de la UIMP. La resolución también regula la evaluación, informes finales y reconocimiento académico.

El convenio tendrá una vigencia inicial de cuatro años, prorrogable por igual período, y puede finalizarse anticipadamente por incumplimiento o causas justificadas. La publicación en el BOE y su inscripción en el Registro Electrónico de Cooperación Sector Público garantizan su oficialidad. La entrada en vigor será tras su inscripción y publicación, y su cumplimiento está sometido a la legislación administrativa y de prácticas universitarias.