BOE-A-2025-17115
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 14 de Mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la Que Se Otorga a Solaben Electricidad Seis, Sau, Autorización Administrativa Previa para el Módulo de Generación Fotovoltaica «solaben Pv6», de 6,01 Mw de Potencia Instalada, para Su Hibridación con la Planta Termosolar Existente Solaben 6, de 50 Mw de Potencia Instalada, y Su Infraestructura de Evacuación, en Logrosán (cáceres).
Fecha de publicación
viernes, 22 de agosto de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesResumen
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Esta resolución concede a Solaben Electricidad Seis, SAU, la autorización administrativa previa para el proyecto híbrido fotovoltaico-termosolar «Solaben PV6» en Logrosán (Cáceres). La planta combina un módulo fotovoltaico de 6,01 MW con la planta termosolar existente de 50 MW, integrándose en la infraestructura de evacuación y conexión a la red de transporte en la subestación Valdecaballeros (400 kV).
El objetivo es la construcción de una instalación híbrida para generación de energía eléctrica, con impacto limitado en el medio ambiente, tras la evaluación ambiental favorable y la tramitación simplificada prevista en el Real Decreto-ley 6/2022. La infraestructura de evacuación contempla líneas subterráneas y ampliaciones en la subestación Solaben 6, en explotación y con permisos previos. La planta fotovoltaica incluirá 11.368 módulos bifaciales y dos inversores, con una potencia total de 6,01 MW, y se ubicará en Logrosán.
La autorización se otorga sin perjuicio de otras licencias o permisos necesarios, y está condicionada al cumplimiento de medidas ambientales, arqueológicas y de restauración, así como a la adaptación del proyecto a los condicionantes del informe de afección ambiental. El promotor debe solicitar la autorización de construcción en un plazo de tres meses, justificando posibles modificaciones. La resolución puede ser impugnada mediante recurso de alzada en un mes desde su publicación. La entrada en vigor es inmediata.
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