BOE-A-2025-18347
Boletín Oficial del Estado
Real Decreto 817/2025, de 16 de Septiembre, por el Que Se Modifica el Real Decreto 383/2008, de 14 de Marzo, por el Que Se Establece el Coeficiente Reductor de la Edad de Jubilación en Favor de los Bomberos Al Servicio de las Administraciones y Organismos Públicos.
Fecha de publicación
miércoles, 17 de septiembre de 2025
Sección
I. Disposiciones GeneralesEpígrafe
Seguridad SocialResumen
Real Decreto 817/2025, de 16 de septiembre
Publicación en BOE: 17 de septiembre de 2025
Este decreto modifica el Real Decreto 383/2008 para incluir a los bomberos forestales en el régimen de jubilación con coeficientes reductores, en cumplimiento de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales. La norma regula las condiciones de acceso a la jubilación anticipada, estableciendo un coeficiente reductor del 0,20 por cada año efectivamente trabajado en actividades de bombero o bombero forestal, sin que la edad mínima pueda ser inferior a 60 años (59 en casos de cotización de 35 o más años).
Afecta a bomberos y bomberos forestales en entidades públicas y privadas vinculadas a las administraciones públicas, siempre que coticen en el Régimen General de la Seguridad Social y realicen funciones relacionadas con la vigilancia y extinción de incendios forestales. La modificación también ajusta los criterios de cómputo del tiempo trabajado, excluyendo ausencias por incapacidad, permisos y licencias retribuidas, y establece la obligación de cotización adicional para mantener el equilibrio del sistema.
La entrada en vigor es al día siguiente de su publicación, es decir, el 18 de septiembre de 2025. La norma busca garantizar derechos específicos de este colectivo, mejorar la coherencia jurídica y facilitar el reconocimiento del tiempo laboral en actividades de alto riesgo, promoviendo una jubilación más flexible y adaptada a las condiciones particulares de los bomberos forestales.
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