BOE-A-2025-18631
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 17 de Septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la Que Se Modifica la de 28 de Enero de 2025, por la Que Se Establecen Disposiciones de Ordenación de la Pesquería del Abadejo («pollachius Pollachius») de la División Ciem 8c (pol/08c.) y en la Subzona 9 (stock Pol/9/3411).
Fecha de publicación
sábado, 20 de septiembre de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónEpígrafe
Pesca MarítimaResumen
Resolución de 17 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca
Esta resolución modifica las disposiciones de ordenación de la pesquería del abadejo (Pollachius pollachius) en las zonas CIEM 8C y 9 para la campaña 2025. Establece nuevos topes de captura diarios y semanales para las modalidades de pesca, con el objetivo de evitar el agotamiento de las cuotas asignadas y garantizar la sostenibilidad de la actividad.
Para la zona 8C, la cuota inicial se fija en 97 toneladas, ampliada a 107,568 toneladas tras la flexibilidad interanual. En la zona 9, la cuota inicial es de 128 toneladas, incrementada a 142,978 toneladas. La resolución contempla la posibilidad de aplicar hasta el 100 % de la cuota en la zona 8C bajo condiciones especiales, y establece límites de captura por modalidad y día: 10 kg por buque en palangre de fondo en CNW y 5 kg en otras modalidades, con topes semanales de 50 kg y 25 kg respectivamente para buque.
Asimismo, se autorizan intercambios de cuotas ("swaps") con Francia, específicamente 10 toneladas de abadejo del stock POL/08C. La normativa prevé la revisión periódica de los topes y la implementación de medidas de gestión en función de la evolución de los consumos, incluyendo posibles cierres precautorios.
La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y será aplicable durante toda la campaña 2025. Se informa además del derecho a presentar recursos administrativos en un plazo de un mes.
