BOE-A-2025-18736
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 10 de Septiembre de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la Que Se Modifica la de 18 de Enero de 2024, por la Que Se Establece la Metodología de Cálculo del Ajuste a Realizar en la Retribución Anual de las Empresas de Transporte y Distribución de Energía Eléctrica por el Empleo de la Fibra Óptica en la Realización de Actividades Diferentes Al Transporte y la Distribución de Electricidad.
Fecha de publicación
lunes, 22 de septiembre de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
Energía EléctricaResumen
Resolución de 10 de septiembre de 2025 de la CNMC
La resolución modifica la metodología establecida en la resolución de 18 de enero de 2024 para calcular el ajuste en la retribución anual de las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica por el uso de fibra óptica en actividades distintas a la electricidad.
Afecta principalmente a las distribuidoras eléctricas, introduciendo una exención para aquellas con menos de 100.000 clientes y líneas con menos de 100 km de fibra óptica, lo que puede reducir su impacto económico y regulatorio. Además, ajusta coeficientes para ciertos tipos de líneas aéreas y modifica los requisitos de información para las empresas que realicen actividades de transporte y distribución sujetas a este ajuste, a partir del ejercicio 2026.
El objetivo es evitar cargas adicionales a las pequeñas distribuidoras y facilitar el aprovechamiento de la infraestructura de fibra óptica, promoviendo un uso más eficiente y equitativo. La modificación también corrige ciertos coeficientes en función de nueva información favorable.
La entrada en vigor está prevista para el ejercicio 2026, y la resolución se publica en el BOE y en la web de la CNMC. Contra ella, cabe recurso contencioso-administrativo en dos meses desde su publicación.
Esta normativa afecta a abogados, asesores fiscales y laborales, empresas del sector eléctrico, y organismos regulatorios, ofreciendo mayor claridad y flexibilidad en la aplicación de los ajustes retributivos relacionados con la fibra óptica en actividades distintas a la electricidad.
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