BOE-A-2025-20177

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 25 de Septiembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la Que Se Registra y Publica el Convenio Colectivo General de Trabajo de la Industria Textil y de la Confección, Años 2024 a 2026.

Fecha de publicación

jueves, 9 de octubre de 2025

Resumen

Resumen del Convenio Colectivo General de la Industria Textil y de la Confección 2024-2026
Publicación BOE-A-2025-20177, 9 de octubre de 2025

Este convenio regula las condiciones laborales, económicas y de organización del sector textil y de la confección en España para los años 2024 a 2026, afectando a todas las empresas y personal del sector en ámbito territorial nacional. Establece la vigencia desde la firma y hasta el 31 de diciembre de 2026, con retroactividad salarial desde el 1 de enero de cada año.

Implica mejoras en salarios, estableciendo incrementos del 3,3% en 2024, 2025 y 2026, con revisiones vinculadas al IPC y un incremento adicional del 2% en 2025 y 2026 para alcanzar el Salario Mínimo Garantizado (SMG) y homogeneizar las categorías profesionales. Las tablas salariales se actualizan en valores mensuales, diferenciando grupos profesionales y categorías, con un salario bruto anual garantizado de 16.193,52 euros en 2024, incrementándose progresivamente.

El convenio regula aspectos clave como la organización del trabajo, jornada laboral (40 horas semanales en jornada partida o continuada, con flexibilidad y distribución irregular), contratación (incluyendo contratos temporales, relevo, a tiempo parcial, fijos discontinuos y de empresas de trabajo temporal), permisos por maternidad, paternidad, adopción, violencia de género, y medidas de igualdad y no discriminación, incluyendo protocolos específicos contra el acoso sexual y por razón de género o orientación sexual.

Asimismo, establece mecanismos de seguimiento sectorial, creación de comisiones paritarias, y medidas para la protección de la salud laboral, con especial atención a riesgos psicosociales y catástrofes naturales. La entrada en vigor es inmediata tras su publicación, con obligaciones de difusión y cumplimiento por parte de las empresas.

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