BOE-A-2025-22506
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 22 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la Que Se Otorga a Solar Bolarque, Sl, Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción del Módulo de Almacenamiento por Baterías «bolarque I», de 24,6 Mw de Potencia Instalada, y Su Infraestructura de Evacuación, para Su Hibridación con la Planta Solar Fotovoltaica «fv Bolarque I y Ampliación de Bolarque», de 49,538 Mw de Potencia Instalada, en Tinajas y Villalba del Rey (cuenca).
Fecha de publicación
jueves, 6 de noviembre de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesResumen
Resolución de 22 de octubre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Esta resolución otorga a Solar Bolarque, SL, la autorización administrativa previa y de construcción para un módulo de almacenamiento por baterías de 24,6 MW, denominado «Bolarque I», en Cuenca, destinado a su integración con la planta solar fotovoltaica «FV Bolarque I y Ampliación de Bolarque» (49,538 MW). La infraestructura incluye líneas subterráneas a 30 kV que conectan el sistema de baterías con la subestación El Llano, en Villalba del Rey y Tinajas.
Afecta directamente a la planta fotovoltaica existente, inscrita en el registro oficial, y a la infraestructura de evacuación, que ya cuenta con autorizaciones previas. La autorización se concede tras un proceso de tramitación que incluyó informes favorables de las administraciones locales y autonómicas, sin alegaciones en el periodo de consulta pública.
El proyecto busca potenciar la capacidad de almacenamiento energético, con una capacidad de 40 MWh, mediante baterías de ion-litio, para mejorar la estabilidad y eficiencia del suministro eléctrico con energías renovables. La infraestructura de evacuación conecta la planta con la red de transporte en la subestación Bolarque 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España.
La autorización entra en vigor de inmediato y se concede sin perjuicio de otras autorizaciones ambientales, urbanísticas o sectoriales requeridas. El promotor debe cumplir las condiciones técnicas y administrativas establecidas, incluyendo la finalización y comunicación de obras ante las autoridades correspondientes. La resolución puede ser recurrida en el plazo de un mes.
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