BOE-A-2025-22845

Boletín Oficial del Estado

Orden Apa/1277/2025, de 31 de Octubre, por la Que Se Extiende el Acuerdo de la Asociación Interprofesional Española de Carne Avícola, Al Conjunto del Sector del Pollo, del Pavo y de la Codorniz y por el Que Se Fijan las Aportaciones Económicas Obligatorias para la Realización de Actividades de Promoción, Estudio de la Demanda, Comunicación y Divulgación de las Cualidades de la Carne de Ave, Soporte y Coordinación del Sector y Realizar Programas de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica durante Un Periodo de Tres Años.

Fecha de publicación

martes, 11 de noviembre de 2025

Resumen

Resolución de 31 de octubre de 2025, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Objeto:
Se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional Española de Carne Avícola, Avianza, a todo el sector del pollo, pavo y codorniz, para financiar actividades de promoción, comunicación, estudio de la demanda, coordinación sectorial y proyectos de I+D+i durante tres años.

Impacto y afectados:
Afecta a productores, mataderos, comercializadores y vendedores de carne de pollo, pavo y codorniz en España. La orden establece una aportación económica obligatoria, soportada por los propietarios de animales y operadores de sacrificio y comercialización, que financiará campañas de promoción y mejoras sectoriales. La medida busca fortalecer la imagen del sector, mejorar la estructura productiva y promover la innovación, beneficiando tanto a asociados como a no asociados.

Principales líneas de actuación:

  • Promoción y divulgación del consumo y cualidades nutritivas de las aves.
  • Estudios de mercado nacional e internacional.
  • Mejora de la coordinación en la cadena de valor, seguridad alimentaria y sostenibilidad.
  • Elaboración de proyectos de I+D+i.

Vigencia y recaudación:
La extensión y aportaciones obligatorias se aplicarán durante tres campañas (2025-2028). Las aportaciones serán recaudadas mediante retenciones en la venta de animales y carne, con cantidades diferenciadas por especie y campaña. Los recursos se destinarán exclusivamente a actividades relacionadas con los objetivos de la orden, con un control y seguimiento transparentes y auditoría externa anual.

Entrada en vigor:
La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (11 de noviembre de 2025).

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