BOE-A-2026-1226

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 9 de Enero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la Que Se Publica el Tipo de Interés Máximo a Utilizar en el Cálculo Contable de la Provisión de Seguros de Vida, de Aplicación Al Ejercicio 2026.

Fecha de publicación

lunes, 19 de enero de 2026

Resumen

Resolución de 9 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Esta resolución establece el tipo de interés máximo aplicable en el cálculo de la provisión técnica de seguros de vida para el ejercicio 2026, que será del 1,95%. La normativa regula cómo las aseguradoras deben calcular las provisiones para contratos celebrados antes del 1 de enero de 2016, en línea con el Real Decreto 1060/2015 y el Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados (ROSSP).

El impacto práctico para las entidades aseguradoras es que deben ajustar sus cálculos de provisiones técnicas considerando este tipo de interés máximo, garantizando la solvencia y la adecuada valoración de sus pasivos. Para abogados, asesores fiscales y económicos, implica la necesidad de revisar las provisiones y la valoración de activos y pasivos relacionados con seguros de vida en sus informes y auditorías.

La publicación tiene carácter obligatorio y la entrada en vigor es inmediata a partir de su publicación en el BOE el 19 de enero de 2026. La normativa refuerza la transparencia y la estabilidad en la gestión de las provisiones técnicas del sector asegurador, alineándose con las directrices de supervisión y solvencia del mercado.