BOE-A-2026-1227

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 8 de Enero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la Que Se Publica el Convenio con la Universidad de Navarra, para la Evaluación de la Actividad Investigadora del Personal Docente e Investigador Contratado.

Fecha de publicación

lunes, 19 de enero de 2026

Resumen

Resolución de 8 de enero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)

Objeto: Publica el convenio suscrito con la Universidad de Navarra para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado, mediante la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).

Impacto y afectados: La evaluación, basada en criterios similares a los de los sexenios para personal funcionario, afecta a docentes e investigadores contratados en la Universidad de Navarra. La evaluación no genera efectos retributivos ni de promoción automática, siendo de carácter privado y con efectos internos en la universidad. La finalidad es mejorar la calidad investigadora del personal contratado, sin distorsionar el modelo de carrera docente establecido en la Ley Orgánica 2/2023.

Procedimiento y obligaciones: La Universidad de Navarra será responsable de convocar y remitir las solicitudes de evaluación, autorizando previamente a los candidatos. ANECA evaluará las solicitudes autorizadas, emitiendo informes técnicos con calificación de 0 a 10. La universidad podrá resolver las evaluaciones, pudiendo impugnarlas en vía privada, y deberá remitir a ANECA los costes de evaluación, que se estiman en 250 euros por tramo de investigación (sexenio). La evaluación se realiza en el marco del convenio, que tiene una vigencia inicial de un año desde su inscripción en el REOICO, prorrogable por acuerdo mutuo.

Entrada en vigor: La publicación en el BOE y la inscripción en el REOICO formalizan el convenio, que entra en vigor de inmediato y se aplica a las evaluaciones durante la convocatoria en curso. La resolución del convenio puede producirse por cumplimiento, incumplimiento o causas legales.