BOE-A-2026-1658

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 22 de Enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la Que Se Establecen Disposiciones Relativas a la Notificación Previa y a la Cumplimentación del Diario de Pesca.

Fecha de publicación

viernes, 23 de enero de 2026

Resumen

Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca

Esta norma regula la adaptación de los plazos de notificación previa y la cumplimentación del diario de pesca para los buques pesqueros españoles de eslora igual o superior a 12 metros, en línea con el Reglamento (UE) 2023/2842. La resolución establece que los capitanes deberán notificar electrónicamente su salida a puerto al menos cuatro horas antes, aunque se permite un período más breve en función de las características de la actividad pesquera y la distancia al puerto, previa publicación y comunicación a la Comisión Europea. Además, se modifica la obligación de indicar todas las cantidades de especies capturadas, eliminando la excepción para capturas inferiores a 50 kg, promoviendo mayor precisión en el control y seguimiento de las capturas. La norma afecta principalmente a la flota española en caladeros nacionales y en aguas exteriores, ajustando los procedimientos para facilitar el control y mejorar la eficacia de las inspecciones. La entrada en vigor será al día siguiente de su publicación en el BOE, el 23 de enero de 2026. La resolución también contempla que las capturas inferiores a 50 kg en peso vivo no serán consideradas infracción si se declaran correctamente en el desembarque, y que la información debe facilitarse al menos una vez al día antes de la entrada a puerto. Se mantiene la aplicación a buques que operan en aguas exteriores y en puertos españoles, con posibilidad de recurso administrativo en un plazo de un mes.