BOE-A-2026-1897
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 16 de Diciembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la Que Se Otorga a Edp Renovables España, Slu, Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para el Módulo de Generación Fotovoltaico «fv Belchite», de 13,5 Mw de Potencia Instalada, para Su Hibridación con el Parque Eólico Existente «pe Belchite», de 47,85 Mw de Potencia, y Su Línea de Evacuación Subterránea a 20 Kv Hasta la Ampliación de la Subestación Eléctrica Existente Set Belchite 220/20 Kv, en Belchite (zaragoza).
Fecha de publicación
lunes, 26 de enero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesResumen
Resolución de 16 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas (BOE-A-2026-1897, publicado el 26/01/2026)
Esta norma concede a EDP Renovables España, SLU, la autorización administrativa previa y de construcción para la planta fotovoltaica «FV Belchite» de 13,5 MW, en el municipio de Belchite (Zaragoza), en integración con el parque eólico «PE Belchite» de 47,85 MW. La infraestructura incluye una línea de evacuación subterránea a 20 kV y la ampliación de la subestación SET Belchite 220/20 kV, conectando la planta a la red de transporte en la subestación Fuendetodos 220 kV.
Afecta directamente a la infraestructura eléctrica y medioambiental en la zona, implicando obligaciones en cumplimiento de la evaluación de impacto ambiental, protección de hábitats, fauna y patrimonio cultural, además de requerir permisos adicionales de ordenación territorial y medioambiental. La resolución garantiza que el proyecto se ajuste a las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental favorable, incluyendo medidas de protección y seguimiento ambiental.
El proyecto, que cuenta con permisos de acceso y conexión ya actualizados, entrará en fase de ejecución tras la finalización de las obras, y su autorización es válida sin perjuicio de otras autorizaciones sectoriales y territoriales necesarias. La resolución establece un plazo para solicitar la explotación y las condiciones para su desarrollo, con un marco temporal máximo de ocho años para la puesta en marcha definitiva. La entrada en vigor se produce desde su publicación, en enero de 2026.
