BOE-A-2026-224
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 31 de Diciembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la Que Se Establecen Disposiciones de Ordenación de la Pesquería del Abadejo («pollachius Pollachius») de la División Ciem 8c (pol/08c.) y en la Subzona 9 (stock Pol/9/3411) para 2026.
Fecha de publicación
sábado, 3 de enero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónEpígrafe
Pesca MarítimaResumen
Resolución de 31 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca
Publicada el 3 de enero de 2026
Esta resolución establece las disposiciones de gestión para la pesquería del abadejo (Pollachius pollachius) en la división CIEM 8C y subzona 9 para 2026. Fija las cuotas iniciales para España en 84 toneladas en la zona 8C y 111 toneladas en la zona 9, destinadas exclusivamente a pesca accesoria, sin autorización para pesca dirigida. La resolución incorpora la flexibilidad interanual, permitiendo el uso de sobrantes y deducciones de campañas anteriores, y mantiene la posibilidad de aprovechar hasta el 100% de la cuota en la zona 8C en condiciones especiales.
Se establecen topes de captura diarios y semanales diferenciados por modalidad, con límites específicos para palangre de fondo en Cantábrico y Noroeste (10 kg/día o 50 kg/semana) y otras modalidades (5 kg/día o 25 kg/semana). Las embarcaciones con comunicación electrónica diaria podrán respetar topes semanales prorrateados. La resolución prohíbe cambios temporales de modalidad para palangre de fondo y contempla la declaración de cierres precautorios al alcanzar el 90% del consumo global del stock.
Aplicable durante toda la campaña 2026, la normativa busca optimizar la gestión de cuotas y garantizar la conservación del recurso. La resolución puede ser recurrida en un plazo de un mes ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En vigor desde su publicación, orienta la planificación pesquera para el año en curso.
