BOE-A-2026-2864

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 6 de Febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la Que Se Establecen las Posibilidades de Pesca Individuales, Así Como Cuotas Iniciales de 2026 para los Buques de la Modalidad de Arrastre de Fondo Autorizados a Faenar en el Caladero Cantábrico y Noroeste y la Cuota Definitiva, en el Caso del Stock de la Caballa Mac/8c3411.

Fecha de publicación

sábado, 7 de febrero de 2026

Resumen

Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca

Publicada en el BOE el 7 de febrero de 2026, esta norma regula las posibilidades de pesca individuales y las cuotas iniciales para la flota de arrastre de fondo en el caladero Cantábrico y Noroeste durante 2026, con especial atención a los stocks de caballa, jurel, merluza, bacaladilla, cigala y rape.

Afecta a los buques autorizados en estas áreas, estableciendo límites de capturas, distribución de cuotas y gestión individual o conjunta. Se determinan las cuotas iniciales para especies clave, incluyendo una cuota definitiva de caballa de 2.924 toneladas y cuotas iniciales para otras especies como merluza, jurel, gallo, cigala y rape, con repartos específicos según modalidad y gestión. Además, se asignan sobrantes y flexibilidad interanual, especialmente para la caballa, alcanzando una cuota adaptada de 9.475 toneladas.

La resolución también establece que los buques con posibilidades de pesca inferiores al 4% deberán abandonar la pesquería, y se identifican aquellos que no cumplen con este mínimo. Se distribuyen las cuotas entre los buques, incluyendo redistribuciones de kilos y cuotas adaptadas tras el cierre definitivo de datos de la campaña 2025.

En vigor desde la publicación, la norma permite recursos administrativos en un mes y detalla las condiciones de gestión, cuotas y límites específicos para cada buque, garantizando el cumplimiento de los planes de gestión y las negociaciones internacionales para stocks compartidos.

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