BOE-A-2026-3454

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 13 de Febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la Que Se Establecen Disposiciones Adicionales de Ordenación de la Pesquería de la Caballa (scomber Scombrus) de las Zonas 8c y 9a para los Buques de la Flota de Otras Artes Distintas Al Arrastre y Cerco con Puerto Base en la Provincia de Gipuzkoa y Bizkaia para 2026.

Fecha de publicación

sábado, 14 de febrero de 2026

Resumen

Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca

Esta resolución establece las disposiciones adicionales para la gestión de la pesquería de caballa (Scomber scombrus) en las zonas 8c y 9a, con especial impacto en los buques de otras artes distintos al arrastre y cerco, con puerto base en Gipuzkoa y Bizkaia, para la campaña 2026.

Afecta directamente a las embarcaciones de estas provincias, asignándoles una cuota total de 1.359.953 kg de caballa, dividida en pesca dirigida (1.354.953 kg) y pesca accesoria (5.000 kg). La apertura de la pesquería se realiza a partir del día siguiente a la publicación en el BOE, es decir, el 15 de febrero de 2026. La gestión contempla posibles medidas adicionales, como topes de captura y cierres preventivos, en función de la evolución del consumo y la disponibilidad de cuota.

La normativa responde a la situación de incertidumbre en las negociaciones internacionales sobre los totales admisibles de capturas (TAC) para 2026, estableciendo un TAC provisional del 90% del límite máximo recomendado por ICES, con una cuota para España de 7.167 toneladas, de las cuales la Unión Europea asigna 5.907 toneladas. La cuota para las provincias de Gipuzkoa y Bizkaia se ajusta a 402.707 kg y 957.246 kg, respectivamente, considerando flexibilidades y reservas.

La resolución entrará en vigor inmediatamente tras su publicación y se mantendrá vigente durante toda la campaña 2026, permitiendo ajustes en función del desarrollo de la pesquería y la disponibilidad de cuota.