BOE-A-2026-4049
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 19 de Diciembre de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la Que Se Publica el Convenio con la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Vila-seca, para el Desarrollo de Actuaciones de Adaptación de la Estación de Adif en Vila-seca a las Nuevas Necesidades Ferroviarias, a los Nuevos Condicionantes del Entorno Urbano y para la Conectividad y Accesibilidad Al Nuevo Sistema Tranviario Impulsado por la Generalitat de Catalunya.
Fecha de publicación
sábado, 21 de febrero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesResumen
Resolución de 19 de diciembre de 2025, del ADIF
Publicada en el BOE el 21 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4049)
Esta resolución publica el convenio suscrito entre ADIF, la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Vila-seca para la adaptación de la estación ferroviaria de Vila-seca, en Tarragona, a las nuevas necesidades ferroviarias, urbanísticas y de conectividad con el sistema tranviario impulsado por la Generalitat. La actuación incluye la modernización de infraestructuras, la urbanización del entorno, la construcción de pasos peatonales y la integración del sistema ferroviario y tranviario, con especial énfasis en mejorar accesibilidad y permeabilidad urbana.
El impacto afecta principalmente a la infraestructura ferroviaria y urbana de Vila-seca, beneficiando a los usuarios del transporte público y mercancías, y mitigando impactos acústicos derivados del aumento del tráfico ferroviario. La inversión total prevista asciende a aproximadamente 3,675 millones de euros, financiados por el Ayuntamiento de Vila-seca en varias anualidades (2026-2029). La ejecución de las obras será coordinada por ADIF, que además cederá gratuitamente los suelos necesarios, y el Ayuntamiento asumirá la gestión y mantenimiento posterior.
El convenio entra en vigor tras su publicación y tendrá una vigencia máxima de cuatro años, prorrogable mediante acuerdo unánime. La coordinación y supervisión se realizará a través de una Comisión de Seguimiento. La normativa aplicable será la Ley 40/2015 y legislación complementaria, y las controversias se resolverán en el ámbito contencioso-administrativo.
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