BOE-A-2026-5310
Boletín Oficial del Estado
Orden Tmd/174/2026, de 2 de Marzo, por la Que Se Publica el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-comunidad Autónoma del País Vasco, de 16 de Enero de 2026, de Establecimiento del Convenio Previsto en la Disposición Transitoria Quinta del Estatuto de Autonomía para el País Vasco para la Asunción por la Comunidad Autónoma del País Vasco de la Gestión de las Prestaciones Familiares en Su Modalidad No Contributiva y del Subsidio por Nacimiento y Cuidado de Menor de Naturaleza No Contributiva.
Fecha de publicación
viernes, 6 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
Prestaciones FamiliaresResumen
Resolución de 2 de marzo de 2026 del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Qué regula o modifica:
Publica el Acuerdo de la Comisión Mixta Estado-País Vasco del 16 de enero de 2026, que establece el convenio para la transferencia a la Comunidad Autónoma del País Vasco de la gestión de las prestaciones familiares no contributivas y del subsidio por nacimiento y cuidado de menor de naturaleza no contributiva.
A quién afecta y cómo:
Afecta a la gestión de estas prestaciones en el territorio vasco, incluyendo la tramitación, reconocimiento, pago y control de las mismas. La transferencia implica que la comunidad autónoma asumirá funciones hasta ahora en manos del Estado, garantizando la continuidad en la prestación de servicios sociales y la coordinación con la Administración Central. Se establecen procedimientos, plazos y obligaciones recíprocas para asegurar una gestión eficiente, con efectos a partir del 1 de enero de 2027.
Impacto práctico y jurídico:
Este acuerdo refuerza la autonomía del País Vasco en materia de Seguridad Social, ajustándose a lo dispuesto en su Estatuto de Autonomía. La transferencia implica una mayor responsabilidad en la gestión de prestaciones sociales, con un régimen financiero específico y mecanismos de control y seguimiento conjuntos. La norma garantiza la continuidad de prestaciones ya reconocidas y establece un marco de colaboración y coordinación entre administraciones.
Entrada en vigor:
El convenio entrará en vigor tras su publicación en el BOE y en el Boletín Oficial del País Vasco, con efectividad desde el 1 de enero de 2027.
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