BOE-A-2026-5311
Boletín Oficial del Estado
Orden Tmd/175/2026, de 2 de Marzo, por la Que Se Publica el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-comunidad Autónoma del País Vasco, de 16 de Enero de 2026, de Establecimiento del Convenio Previsto en la Disposición Transitoria Quinta del Estatuto de Autonomía para el País Vasco para la Asunción por la Comunidad Autónoma del País Vasco de la Gestión de la Protección por Desempleo.
Fecha de publicación
viernes, 6 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
Protección por DesempleoResumen
Resolución de la Orden TMD/175/2026, de 2 de marzo (BOE-A-2026-5311), publicada el 6 de marzo de 2026
Esta norma formaliza el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-País Vasco, de 16 de enero de 2026, por el que la Comunidad Autónoma del País Vasco asume la gestión de la protección por desempleo, tanto contributiva como asistencial, en su territorio. La transferencia se realiza en virtud de la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía vasco, que permite a la comunidad gestionar estos servicios bajo los principios de unidad del régimen de Seguridad Social y solidaridad.
Afecta principalmente a la Administración autonómica vasca, a los beneficiarios de prestaciones por desempleo en Euskadi, y a las instituciones responsables del pago y control de dichas prestaciones. La gestión incluye trámites administrativos, control de requisitos, resolución de recursos, sanciones, y coordinación con la Administración General del Estado, que mantiene funciones en materia de legislación básica, recaudación y pago de prestaciones.
El acuerdo establece un marco de colaboración, con mecanismos de control financiero, seguimiento y coordinación, incluyendo la creación de una Comisión de Coordinación y Seguimiento, y un Órgano de Pago. La transferencia efectiva será a partir del 1 de enero de 2027, con vigencia indefinida, y podrá ser modificada mediante acuerdos posteriores. La norma entra en vigor con su publicación en el BOE, garantizando la continuidad y coherencia en la gestión de las prestaciones por desempleo en Euskadi.
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