BOE-A-2026-6785
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 12 de Marzo de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la Que Se Emplaza a las Personas Interesadas en el Recurso Contencioso-administrativo 4/331/2026, Interpuesto ante la Audiencia Nacional Contra la Circular 7/2025, de 16 de Diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la Que Se Modifica la Circular 5/2019, de 5 de Diciembre, por la Que Se Establece la Metodología para el Cálculo de la Retribución de la Actividad de Transporte de Energía Eléctrica, y Se Aprueban las Instalaciones Tipo y los Valores Unitarios de Referencia de Inversión y de Operación y Mantenimiento por Elemento de Inmovilizado Que Se Emplearán en el Cálculo de Dicha Retribución.
Fecha de publicación
lunes, 23 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Esta resolución emplaza a las partes interesadas a personarse en el recurso contencioso-administrativo 4/331/2026, presentado por Red Eléctrica de España contra la Circular 7/2025, que modifica la Circular 5/2019 sobre la metodología de cálculo de la retribución del transporte de energía eléctrica. La modificación afecta a los criterios y valores utilizados para determinar la retribución económica de las actividades de transporte eléctrico, incluyendo instalaciones tipo y valores unitarios de inversión y mantenimiento.
El impacto práctico y jurídico de esta resolución radica en la posible suspensión o modificación de los criterios de retribución establecidos, lo que puede influir en la rentabilidad de las empresas del sector eléctrico y en la regulación del mercado. La resolución afecta directamente a las empresas de transporte eléctrico, a los asesores fiscales y jurídicos del sector, así como a los organismos reguladores y a los inversores en infraestructuras energéticas.
El emplazamiento se realiza en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, con un plazo de nueve días desde la publicación para que las partes puedan personarse como demandadas. La resolución entra en vigor de forma inmediata desde su publicación en el BOE el 23 de marzo de 2026.
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