BOE-A-2026-7041
Boletín Oficial del Estado
Orden Hac/277/2026, de 25 de Marzo, por la Que Se Aprueban los Modelos de Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, Ejercicio 2025, Se Determinan el Lugar, Forma y Plazos de Presentación de los Mismos, Se Establecen los Procedimientos de Obtención, Modificación, Confirmación y Presentación del Borrador de Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Se Determinan las Condiciones Generales y el Procedimiento para la Presentación de Ambos por Medios Electrónicos.
Fecha de publicación
viernes, 27 de marzo de 2026
Sección
I. Disposiciones GeneralesDepartamento
Ministerio de HaciendaEpígrafe
ImpuestosResumen
Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo (publicada el 27/03/2026)
Esta norma regula la aprobación de los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2025, estableciendo el lugar, forma y plazos de presentación, así como los procedimientos para la obtención, modificación, confirmación y presentación de los borradores y declaraciones, incluyendo la presentación electrónica.
Afecta a todos los contribuyentes obligados a declarar en 2026, tanto residentes como no residentes, y también a quienes soliciten devoluciones o tengan obligaciones específicas relacionadas con estos impuestos. Se introducen cambios en los modelos de declaración, incorporando nuevas casillas para rendimientos excepcionales y actividades artísticas, así como actualizaciones en deducciones y en los anexos relacionados con beneficios fiscales autonómicos y específicos de regiones como Canarias y Baleares.
Se refuerza la obligatoriedad de presentar las declaraciones por medios electrónicos, con plazos entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026, y se detallan los procedimientos para la obtención y gestión del borrador, incluyendo sistemas de identificación digital como certificado electrónico, Cl@ve Móvil, eIDAS y número de referencia. Además, se establecen modalidades de pago, fraccionamientos y condiciones para la domiciliación bancaria.
La entrada en vigor será al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, el 28 de marzo de 2026. La orden busca simplificar y modernizar la gestión tributaria, garantizando seguridad jurídica, transparencia y eficiencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
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