BOE-A-2026-7108
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 10 de Marzo de 2026, del Instituto Social de la Marina, por la Que Se Prorroga la Homologación para la Impartición de Formación Sanitaria Específica Inicial y Avanzada en Sus Modalidades Estable e Itinerante, Así Como Sus Actualizaciones, Al Centro Privado «servicio de Formación Galego e Salvamento, Sl».
Fecha de publicación
viernes, 27 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesResumen
Resolución de 10 de marzo de 2026 del Instituto Social de la Marina
Fecha de publicación: 27 de marzo de 2026
Objeto:
Prorroga la homologación del centro privado «Servicio de Formación Galego e Salvamento, SL» para impartir formación sanitaria específica inicial y avanzada en modalidad estable e itinerante, así como sus actualizaciones, en cumplimiento del marco normativo internacional y europeo (Convenio STCW-78/2010 y Directiva 2022/993).
Impacto y afectados:
La resolución afecta directamente a este centro de formación, autorizándolo a continuar impartiendo cursos de formación sanitaria para profesionales del sector marítimo, incluyendo capitanes, patrones y personal responsable de botiquines a bordo. La homologación, válida por cinco años, garantiza que los cursos cumplen con los requisitos de calidad y normativa vigente, permitiendo la emisión de certificados oficiales a los participantes. La medida refuerza la formación en primeros auxilios y cuidados médicos en línea con las exigencias internacionales y europeas, asegurando la competencia del personal marítimo en materia sanitaria.
Condiciones y requisitos:
El centro debe comunicar con al menos 15 días de antelación el inicio de los cursos en instalaciones fijas y con un mes en modalidad itinerante, además de remitir la documentación requerida antes y después de cada curso. La homologación puede prorrogarse sucesivamente si se cumplen las condiciones y se presenta la documentación pertinente con antelación. La resolución también contempla inspecciones para verificar la calidad de la formación.
Vigencia:
Desde su notificación, con una validez de cinco años, con posibilidad de prórroga. La resolución puede ser recurrida en reposición o impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
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