BOE-A-2026-8023

Boletín Oficial del Estado

Real Decreto 302/2026, de 8 de Abril, por el Que Se Modifican Diversas Normas Reglamentarias en Materia de Seguridad Industrial en Lo Que Respecta a los Procedimientos de Emergencia en Caso de Una Emergencia del Mercado Interior, y por el Que Se Modifica el Real Decreto 212/2002, de 22 de Febrero, por el Que Se Regulan las Emisiones Sonoras en el Entorno Debidas a Determinadas Máquinas de Uso Al Aire Libre, en Lo Que Respecta a las Obligaciones de Información y a los Métodos para Medir el Ruido Aéreo Emitido por las Máquinas de Uso Al Aire Libre.

Fecha de publicación

viernes, 10 de abril de 2026

Resumen

Real Decreto 302/2026, de 8 de abril (publicado el 10 de abril de 2026)

Este real decreto modifica diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, específicamente en procedimientos de emergencia relacionados con productos y equipos sometidos a regulación europea. La norma transpone parcialmente las Directivas (UE) 2024/2747, 2024/2748, 2024/2749 y 2024/2839, estableciendo procedimientos específicos para actuar durante crisis del mercado interior, con especial atención a bienes pertinentes para crisis y modos de emergencia.

Afecta a fabricantes, operadores económicos, organismos notificados y autoridades de vigilancia del mercado en sectores como maquinaria, productos de construcción, equipos a presión, aparatos eléctricos, ascensores, componentes de seguridad, equipos radioeléctricos, y otros productos regulados por normativa armonizada europea. La regulación permite la introducción excepcional en el mercado de productos sin cumplir todos los procedimientos habituales, mediante autorizaciones específicas y mecanismos de priorización, siempre garantizando la seguridad y trazabilidad. Además, establece procedimientos para reconocimiento mutuo de autorizaciones, cooperación entre Estados miembros, y refuerza las capacidades de vigilancia durante emergencias.

El decreto introduce también medidas para facilitar la rápida evaluación y autorización de productos en situaciones de crisis, incluyendo la posibilidad de reconocer autorizaciones nacionales e internacionales, y la adopción de medidas correctoras por las comunidades autónomas. La entrada en vigor será el 30 de mayo de 2026, con algunos artículos que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

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