BOE-B-2025-41257
Boletín Oficial del Estado
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la Que Se Declara, en Concreto, de Utilidad Pública, el Proyecto Denominado «parque Eólico Mizán, de Potencia Total 5,2 Mw y Sus Infraestructuras de Evacuación» en los Términos Municipales de Villamena, el Valle, Albuñuelas, el Pinar y los Guájares (granada).
Fecha de publicación
martes, 11 de noviembre de 2025
Departamento
Comunidad Autónoma de AndalucíaResumen
Resolución de 19 de noviembre de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria en Granada
Esta resolución declara la utilidad pública del proyecto denominado «Parque Eólico Mizán, de 5,2 MW de potencia en los municipios de Villamena, El Valle, Albuñuelas, El Pinar y Los Guájares (Granada)», facilitando su expropiación forzosa y la constitución de servidumbres de paso. La declaración afecta a terrenos y derechos catastrales en dichas localidades, con impacto en fincas de uso agrario y rústico, incluyendo parcelas, apoyos, infraestructuras de evacuación y líneas eléctricas asociadas.
El proyecto, presentado por Villar Mir Energía, S.L.U., cuenta con autorizaciones previas, de construcción y de impacto ambiental, y ha sido sometido a información pública y alegaciones. Se han atendido objeciones relacionadas con trazados de líneas eléctricas, impacto visual, impacto ambiental y urbanístico, resolviéndose que las infraestructuras cumplen con la normativa vigente y que la menor afección posible ha sido considerada, mediante trazados rectos, minimización de impactos visuales y aumento de tramos soterrados.
Se establece que la expropiación será necesaria para garantizar la ejecución del proyecto, que contribuye a los objetivos del PNIEC 2021-2030, en línea con la transición a un sector eléctrico 100% renovable en 2050. La resolución entra en vigor de forma inmediata y se notificará a los interesados, con posibilidad de recurso contencioso-administrativo. La declaración de utilidad pública se realiza en cumplimiento de la Ley 24/2013 y el Real Decreto 1955/2000.
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