BOE-B-2025-42228

Boletín Oficial del Estado

Anuncio de la Demarcación de Costas en Asturias sobre Expediente de Autorización de Ocupación del Dominio Público Marítimo-terrestre para Dragados de Mantenimiento de Calados en el Canal de la Ría de Navia (años 2026-2030), Términos Municipales de Navia y Coaña. Ref: Aut02/25/33/0220. Peticionario: Servicio de Puertos de la Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias del Principado de Asturias.

Fecha de publicación

lunes, 17 de noviembre de 2025

Resumen

Anuncio de la Demarcación de Costas en Asturias sobre expediente de autorización de ocupación del dominio público marítimo-terrestre para dragados de mantenimiento en la ría de Navia (2026-2030)
Fecha de publicación: 17 de noviembre de 2025

Este anuncio regula la apertura a información pública de la solicitud presentada por el Servicio de Puertos del Principado de Asturias para realizar dragados de mantenimiento en el canal de la Ría de Navia, en los términos municipales de Navia y Coaña, durante los años 2026 a 2030. La finalidad es garantizar la navegabilidad y seguridad del canal, mediante la ocupación temporal del dominio público marítimo-terrestre.

Afecta a empresas de construcción, operadores portuarios, administraciones públicas y particulares interesados en la gestión del dominio público marítimo-terrestre en la zona, quienes podrán presentar alegaciones durante un período de 20 días desde la publicación del anuncio en el BOE. La consulta y presentación de alegaciones se realiza en las oficinas de la Demarcación de Costas en Oviedo, previa cita.

El procedimiento se enmarca en el cumplimiento del Reglamento General de Costas (Real Decreto 876/2014). La resolución final determinará la autorización de ocupación y las condiciones para la ejecución de los trabajos.

El plazo para la consulta y alegaciones comienza el día siguiente a la publicación, es decir, el 18 de noviembre de 2025, y finaliza 20 días después. La resolución será publicada posteriormente, estableciendo las condiciones definitivas para la actividad.

Entrada en vigor: tras la resolución definitiva y publicación correspondiente.