BOE-B-2026-2275
Boletín Oficial del Estado
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por la Que Se Concede a Favor de E-distribución Redes Digitales S.l.u, Autorización Administrativa Previa y de Construcción, Así Como, la Declaración, en Concreto, de Utilidad Pública para el Proyecto de Instalación de Energía Eléctrica "cierre de Línea Aérea de Media Tensión "cabezuela" Entre los Apoyos de Media Tensión A725679 y el A724988 en Parajes Calares y Canteras , en el Término de Navas de San Juan (jaén). Expediente: At-62/2022.
Fecha de publicación
miércoles, 28 de enero de 2026
Departamento
Comunidad Autónoma de AndalucíaResumen
Resolución de la Delegación Territorial de Andalucía en Jaén de 28 de enero de 2026
La resolución concede a E-Distribución Redes Digitales S.L.U. la autorización administrativa previa y de construcción, así como la declaración de utilidad pública, para el proyecto de instalación eléctrica "Cierre de Línea Aérea de Media Tensión 'CABEZUELA'" en Navas de San Juan (Jaén). Este proyecto consiste en la construcción de una línea aérea de 25 kV con 10 apoyos para interconectar dos líneas existentes, con una longitud de 1.688 metros.
Afecta directamente a bienes y derechos en la zona, incluyendo terrenos particulares y públicos, y tiene impacto en la planificación y gestión del suministro eléctrico en la región. La declaración de utilidad pública implica la necesidad de ocupación y posible expropiación de bienes afectados, con efectos inmediatos en la adquisición de derechos y ocupación de terrenos, en cumplimiento de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954 y la Ley del Sector Eléctrico de 2013.
La autorización se otorga en cumplimiento de la normativa vigente, incluyendo el Real Decreto 1955/2000 y la Ley 24/2013, y está condicionada a la satisfacción de requisitos técnicos, urbanísticos y ambientales. La vigencia de la autorización es de 24 meses desde su notificación, con posibilidad de revocación en caso de incumplimiento. La resolución entra en vigor de forma inmediata y puede ser impugnada mediante recursos administrativos o contencioso-administrativos en los plazos establecidos.
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