BOE-B-2026-3832

Boletín Oficial del Estado

Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla-la Mancha, por el Que Se Convoca el Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de las Fincas Afectadas por la Construcción de la Nueva Línea Aérea de Transporte de Energía Eléctrica a 220 Kv, Doble Circuito, de Entrada y Salida en la Subestación Eléctrica la Sagra de la Línea Eléctrica Aceca-pradillos y Añover-pinto, en los Términos Municipales de Numancia de la Sagra y Pantoja, Provincia de Toledo.

Fecha de publicación

martes, 10 de febrero de 2026

Resumen

Resolución de 5 de febrero de 2026 del Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha

Objeto:
Convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes afectados por la construcción de una línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV en los municipios de Numancia de la Sagra y Pantoja, Toledo, en el marco de la autorización administrativa previa y declaración de utilidad pública otorgadas en noviembre de 2025.

Impacto y afectados:
Afecta a titulares de fincas y derechos sobre bienes en las áreas de influencia del proyecto, que deberán comparecer en las fechas señaladas en los ayuntamientos correspondientes para la elaboración de las actas previas a la ocupación definitiva. La expropiación se realiza en cumplimiento de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y el Reglamento de Expropiación Forzosa, implicando la ocupación urgente de los bienes afectados.

Procedimiento:
Se convoca a los titulares y posibles interesados a acudir personalmente o mediante apoderados, presentando documentación acreditativa. La comparecencia se realizará en los ayuntamientos de Numancia de la Sagra (16 de marzo, 09:00-12:00) y Pantoja (17 de marzo, 09:00-11:00). La convocatoria incluye también la posibilidad de presentar alegaciones y recursos administrativos.

Vigencia:
Las actas previas se levantarán en las fechas indicadas, y la publicación en el BOE y otros medios sirve como notificación oficial. La resolución entra en vigor de inmediato.

Resumen:
Esta resolución formaliza el proceso expropiatorio para la instalación de la línea eléctrica, afectando a propietarios y titulares de derechos en las áreas de influencia, y establece las fechas y requisitos para la comparecencia y tramitación de las actas previas a la ocupación definitiva.