BOE-B-2026-8864
Boletín Oficial del Estado
Extracto de la Resolución de 18 de Marzo de 2026 del Consejo de Administración de la E.p.e. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (idae), M.p., por la Que Se Realiza la Segunda Convocatoria para la Concesión Directa de Ayudas a Proyectos Españoles por Su Participación en el Esquema "subasta Como Servicio" del Banco Europeo del Hidrógeno Seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (cinea) Dentro del Prtr.
Fecha de publicación
sábado, 21 de marzo de 2026
Resumen
Resolución de 18 de marzo de 2026 del Consejo de Administración del IDAE
Fecha de publicación: 21 de marzo de 2026
Esta resolución regula la segunda convocatoria de ayudas directas del IDAE para proyectos españoles relacionados con el esquema "Subasta como Servicio" del Banco Europeo del Hidrógeno, seleccionados por CINEA en el marco del PRTR. La convocatoria, destinada a promover la producción de hidrógeno renovable en España, afecta a entidades promotoras cuyos proyectos participaron en la tercera subasta del Fondo Europeo del Hidrógeno (Innovation Fund IF25) en 2025.
Las ayudas, con un presupuesto máximo de 440,5 millones de euros, se distribuyen entre dos temáticas: una para la producción de hidrógeno RFNBO (304,1 millones) y otra para hidrógeno bajo en carbono en sectores marítimo y aeronáutico (136,4 millones). La financiación proviene del presupuesto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, gestionado por el IDAE.
El impacto práctico para los beneficiarios incluye la posible obtención de subvenciones para la puesta en marcha de proyectos de producción de hidrógeno renovable, con obligaciones de justificación y plazos específicos para el inicio de operaciones y producción. La ayuda se concederá tras la presentación de solicitudes mediante la sede electrónica del IDAE, con un plazo de 21 días naturales desde la publicación del acuerdo.
La entrada en vigor es inmediata tras su publicación, estableciendo un período máximo de 60 meses para el inicio de explotación y obligaciones de seguimiento durante la vida útil del proyecto, que será de hasta 10 años desde el inicio de operaciones.
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