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CVE (Código de Verificación Electrónica): qué es y cómo verificarlo

El CVE (Código de Verificación Electrónica) es el conjunto de caracteres que identifica de forma única cada disposición, acto o anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que permite contrastar, desde boe.es, la autenticidad de cualquier impresión en papel comparándola con el documento electrónico original firmado.

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El problema: te llega un PDF del BOE y no sabes si es auténtico

Alguien te envía por correo un PDF que dice ser una resolución del BOE, o imprimes una disposición para adjuntarla a un expediente y necesitas acreditar que ese papel se corresponde con el original oficial. A simple vista, un PDF se puede manipular. Necesitas una forma de comprobarlo sin depender de la palabra de quien te lo envió.

Para eso existe el CVE, un código impreso al pie de cada página del BOE que enlaza esa página, en concreto, con el documento electrónico firmado que existe en los servidores de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Qué es el CVE (Código de Verificación Electrónica)

Según la propia página de ayuda de boe.es, el CVE es "un conjunto de caracteres que identifican de forma única cualquiera de las disposiciones, actos y anuncios publicados" en el BOE. Ese código aparece impreso en todas y cada una de las páginas de cada disposición, acto o anuncio, normalmente en la esquina inferior derecha.

Introduciendo el CVE en boe.es se accede directamente al documento original, firmado electrónicamente, tal y como está almacenado en la sede de la Agencia Estatal. Es, en la práctica, el mecanismo que permite comprobar que un papel impreso —o un PDF reenviado por correo— coincide con el original oficial.

Cómo se ve el CVE en un PDF real del BOE

Al pie de cada página de una disposición del BOE aparece un bloque con este formato:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93        Jueves 16 de abril de 2026        Sec. III.   Pág. 53808
cve: BOE-A-2026-8409
Verificable en https://www.boe.es

Un dato relevante para quien busca el CVE por primera vez: en las disposiciones del Diario Oficial del BOE, el código que aparece tras "cve:" coincide, en la práctica actual, con el propio identificador de la disposición (formato BOE-A-AAAA-NNNNN, BOE-B-AAAA-NNNNN o BOE-C-AAAA-NNNNN). Es decir, ese mismo identificador funciona a la vez como referencia de la disposición y como código de verificación que se introduce en boe.es para recuperar el original firmado. Esto se ha comprobado directamente en PDFs oficiales de distintos años (2023 y 2026); no descartamos que otras publicaciones vinculadas a la Administración electrónica —el BORME, boletines autonómicos o provinciales— usen códigos CVE con un formato alfanumérico distinto, sin relación visible con el identificador de la disposición, así que conviene comprobar siempre el formato concreto de cada organismo antes de dar nada por supuesto.

CVE vs. CSV (Código Seguro de Verificación): ¿es lo mismo?

El término legal genérico, el que usan la mayoría de organismos de la Administración española, es CSV (Código Seguro de Verificación). Lo regula el artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC): las copias en papel de documentos electrónicos deben incluir la indicación de que son copia y un código generado electrónicamente, u otro sistema de verificación, que permita contrastar su autenticidad accediendo a los archivos electrónicos del órgano emisor. La misma norma obliga a cada Administración a hacer público, en su sede electrónica, el CSV o sistema de verificación que utiliza.

CVE es, en esencia, el nombre concreto que la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado da a su propio sistema de código seguro de verificación. No es un concepto legal distinto del CSV: es la marca que usa boe.es (y también el BORME) para el mismo mecanismo que otros organismos —la Seguridad Social, la AEAT, ayuntamientos, diputaciones— llaman CSV en sus propias sedes electrónicas. Si ves "CVE" en un documento del BOE y "CSV" en una notificación de otro organismo, ambos cumplen la misma función legal.

Base normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículo 27.3.c): exige el código de verificación en las copias en papel de documentos electrónicos.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), artículo 42: contempla el uso de sistemas de código seguro de verificación como una de las formas admitidas de firma electrónica en las actuaciones administrativas automatizadas.
  • Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, sobre ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado", y Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, sobre el Boletín Oficial del Registro Mercantil: dan cobertura específica al sistema de verificación electrónica del BOE y del BORME.

Diferencia entre el CVE y el identificador BOE-A-AAAA-NNNNN

Aunque hoy comparten el mismo texto en la mayoría de disposiciones del Diario Oficial, conceptualmente son dos cosas distintas:

  • El identificador BOE-A-AAAA-NNNNN (o BOE-B-, BOE-C- según la sección) nombra el contenido: qué disposición, acto o anuncio es. Sirve para citarlo, buscarlo y enlazarlo, con independencia de cómo se haya obtenido el PDF.
  • El CVE verifica el documento electrónico concreto: certifica que ese PDF exacto —con esa firma electrónica— es el que existe en los servidores oficiales de boe.es en el momento de la consulta, y no una copia alterada o desactualizada.

En la práctica, cuando ambos coinciden, el mismo código sirve para las dos funciones a la vez en el Diario Oficial del BOE. Pero no des por supuesto que ocurre así en cualquier boletín o sede electrónica: verifica siempre el formato concreto del organismo que emite el documento.

Cómo verificar un documento del BOE con su CVE

  1. Localiza el código impreso al pie de la página del PDF, tras "cve:".
  2. Accede a boe.es y busca el acceso al Diario Oficial (o al BORME, si el documento procede de ahí).
  3. Introduce el CVE en el buscador correspondiente.
  4. Compara el documento que te devuelve boe.es —firmado electrónicamente— con el PDF que tienes en tu poder.

Si ambos coinciden, tienes la certeza de que el documento es auténtico y no ha sido alterado desde su publicación oficial.

Validez legal: documento electrónico con CVE frente a papel

Desde el punto de vista legal, un documento en papel que incluye un CVE (o CSV) válido y verificable tiene la misma validez que el documento electrónico original: la Ley 39/2015 lo reconoce expresamente como copia auténtica. No hace falta compulsar ni cotejar presencialmente ese papel en ningún registro: basta con que el código sea verificable en la sede electrónica del organismo emisor durante el plazo que este tenga establecido.

Esto es relevante, por ejemplo, si necesitas aportar una disposición del BOE como prueba documental en un procedimiento administrativo o judicial: el CVE es lo que blinda su autenticidad frente a la copia en papel de siempre.

Por qué importa este código para el seguimiento del BOE

Saber leer el CVE es útil sobre todo cuando manejas documentos del BOE que no has descargado tú mismo —te los reenvía un cliente, un compañero o un opositor de tu preparación— y necesitas confirmar que no ha habido manipulación antes de citarlos o adjuntarlos a un expediente. También es la referencia técnica que usarás si necesitas contactar con el organismo emisor citando el documento exacto, más allá del certificado digital que necesites para operar en su sede.

Si lo que buscas es localizar la disposición original antes de comprobar su CVE, en BOE Hoy puedes usar el buscador de disposiciones para encontrarla por texto libre y acceder después al PDF oficial en boe.es. También puedes consultar la guía sobre cómo buscar en el BOE si no conoces aún el identificador ni la fecha de publicación.

Los resúmenes son orientativos. Para efectos legales, consulta siempre el texto íntegro en boe.es.

Diferencias con conceptos similares

El CVE (Código de Verificación Electrónica) es el nombre que usa la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado para su sistema de código seguro de verificación: certifica que un PDF concreto, con su firma electrónica, es el mismo que existe en los servidores oficiales de boe.es. El CSV (Código Seguro de Verificación) es el término legal genérico del artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015, usado por el resto de la Administración española (Seguridad Social, AEAT, ayuntamientos...); ambos cumplen la misma función. El identificador BOE-A-AAAA-NNNNN nombra el contenido de la disposición para citarla y buscarla, con independencia del documento electrónico concreto; en la práctica actual del Diario Oficial del BOE, ambos códigos comparten el mismo texto, pero conceptualmente identificación y verificación de autenticidad son funciones distintas.

Tabla resumen

ConceptoQué identificaDónde se usaBase normativa
CVEEl documento electrónico concreto (autenticidad)BOE y BORMERD 181/2008, RD 1979/2008, art. 27.3.c LPAC
CSVEl documento electrónico concreto (autenticidad)Resto de sedes electrónicas de la AdministraciónArt. 27.3.c Ley 39/2015, art. 42 Ley 40/2015
BOE-A-AAAA-NNNNNLa disposición o el contenido publicadoCitas, búsquedas, enlacesSin norma específica; convención editorial del BOE

Preguntas frecuentes

¿Qué es el CVE de un documento del BOE?

Es el conjunto de caracteres, impreso al pie de cada página de una disposición, acto o anuncio del BOE, que permite acceder al documento original firmado electrónicamente en boe.es y comprobar así que una copia en papel o un PDF reenviado coincide con el original oficial.

¿Es lo mismo el CVE que el CSV (Código Seguro de Verificación)?

Sí, cumplen la misma función legal. CVE es el nombre que usa la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado para su sistema, regulado de forma específica en el Real Decreto 181/2008 (BOE) y el Real Decreto 1979/2008 (BORME). CSV es el término genérico que usa el artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 para el resto de la Administración española.

¿El CVE es lo mismo que el identificador BOE-A-AAAA-NNNNN?

Conceptualmente no: el identificador BOE-A-AAAA-NNNNN nombra el contenido de la disposición, mientras que el CVE verifica la autenticidad del documento electrónico concreto. En la práctica actual del Diario Oficial del BOE, ambos códigos suelen coincidir en el mismo texto, pero no es necesariamente así en otras publicaciones ligadas a la Administración electrónica.

¿Cómo verifico un documento del BOE con su CVE?

Localiza el código impreso al pie de la página del PDF tras "cve:", accede a boe.es, introduce ese código en el acceso al Diario Oficial (o al BORME, según el origen del documento) y compara el resultado con el documento que tienes. Si coinciden, el documento es auténtico.

¿Tiene la misma validez legal un documento en papel con CVE que el documento electrónico original?

Sí. El artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 reconoce como copia auténtica la impresión en papel de un documento electrónico que incluya un código de verificación —CVE o CSV— comprobable en la sede electrónica del organismo emisor, sin necesidad de compulsa adicional.

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