Orden Ministerial
Una Orden Ministerial es una disposición normativa dictada por un ministro dentro de su ámbito de competencia. Tiene rango inferior al Real Decreto y se publica en el BOE cuando tiene carácter general.
¿Qué es una Orden Ministerial?
La Orden Ministerial es una disposición administrativa dictada por un ministro del Gobierno en el ejercicio de sus competencias. Se sitúa jerárquicamente por debajo del Real Decreto y por encima de las resoluciones y circulares.
Las órdenes ministeriales se publican en el BOE cuando tienen alcance general (afectan a una pluralidad de personas). Se identifican con la sigla del ministerio seguida del número y fecha (ej: Orden HFP/123/2026).
Tipos de órdenes
- Orden ETD (Transformación Digital)
- Orden HFP (Hacienda y Función Pública)
- Orden TMA (Transportes, Movilidad y Agenda Urbana)
- Cada ministerio tiene su sigla propia
Preguntas frecuentes
¿Quién dicta una Orden Ministerial?
La dicta el ministro titular del departamento ministerial competente, dentro de su ámbito de atribuciones.
¿Qué rango tiene una Orden Ministerial?
Tiene rango reglamentario, inferior al Real Decreto. No puede contradecir leyes ni reales decretos, pero es superior a resoluciones y circulares.
