BOE-A-2025-16041
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 21 de Julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la Que Se Publica la Adenda para la Prórroga del Convenio Entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el Desarrollo Efectivo de la Cooperación para la Consecución de los Fines Públicos Asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Fecha de publicación
sábado, 2 de agosto de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Trabajo y Economía SocialResumen
Resolución de 21 de julio de 2025, publicada el 2 de agosto de 2025, que oficializa la prórroga del convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social (OEITSS) y la Comunidad Autónoma de Canarias. La norma publica en el BOE la Adenda que extiende por cuatro años más la colaboración en materia de inspección laboral y seguridad social, vigente desde el 18 de julio de 2025. La prórroga refuerza la cooperación en la ejecución de funciones inspectoras, participación en la designación de responsables y coordinación institucional, asegurando continuidad en la vigilancia y control del cumplimiento normativo en Canarias. La extensión se realiza en cumplimiento del artículo 48.8 de la Ley 40/2015 y entrará en vigor tras su inscripción en el Registro Electrónico de Cooperación del sector público y su publicación en el BOE. La adenda fue firmada por representantes del Gobierno de Canarias y del OEITSS, y establece que la duración inicial de cuatro años del convenio se prolonga otros cuatro, manteniendo los compromisos y funciones ya establecidos. La norma también especifica el régimen jurídico aplicable y la jurisdicción competente para resolver posibles controversias, que será la Contencioso-Administrativa. La publicación garantiza la transparencia y formaliza la continuidad de la colaboración institucional en materia de inspección laboral en Canarias, aportando estabilidad y recursos a la labor inspectora en la comunidad autónoma. La entrada en vigor será efectiva una vez inscrita en el registro correspondiente y publicada en el BOE.
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