BOE-A-2025-17134

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 12 de Agosto de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la Que Se Formula Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «central Hidroeléctrica Reversible los Guájares, de 356,872 Mw, y Su Infraestructura de Evacuación Asociada, en Vélez de Benaudalla, el Pinar, los Guájares y Padul (granada)».

Fecha de publicación

sábado, 23 de agosto de 2025

Resumen

Resolución de 12 de agosto de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental

Objeto:
Formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Central hidroeléctrica reversible Los Guájares, de 356,872 MW, y su infraestructura de evacuación en Vélez de Benaudalla, El Pinar, Los Guájares y Padul (Granada)».

Impacto y afectados:
Afecta a las áreas de Vélez de Benaudalla, El Pinar, Los Guájares y Padul, en Granada, incluyendo la construcción de una balsa de almacenamiento de agua, conducciones hidráulicas, línea eléctrica de 6,5 km y apoyos, además de infraestructuras auxiliares y viales de acceso. El proyecto impacta sobre hábitats de interés comunitario, especies protegidas (aves rapaces, quirópteros, flora amenazada), vías pecuarias, montes públicos y patrimonio cultural, con potenciales efectos sobre la erosión, biodiversidad, recursos hídricos y paisaje. Se prevén medidas de mitigación, restauración y vigilancia ambiental.

Condiciones y medidas:
Se establecen condiciones para garantizar la protección de la biodiversidad, la seguridad estructural y la protección del patrimonio, incluyendo control geotécnico, seguimiento de movimientos en laderas, protección de especies amenazadas, restauración paisajística y control de residuos y vertidos. Se requiere la ejecución de medidas correctoras en caso de riesgos geológicos, erosivos o de inestabilidad, así como la adopción de planes de emergencia y vigilancia durante toda la vida del proyecto.

Vigencia y entrada en vigor:
La declaración es favorable, condicionada a la ejecución de las medidas propuestas, y entra en vigor tras su publicación, sin perjuicio de futuras modificaciones o revisiones. El promotor deberá obtener las autorizaciones sectoriales y cumplir las condiciones establecidas para minimizar impactos ambientales y sociales.

Fecha de publicación: 23 de agosto de 2025.

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