BOE-A-2025-18503
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 8 de Septiembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la Que Se Establecen los Requisitos y el Procedimiento para la Realización del Bachillerato en Tres Años Académicos en los Centros Docentes No Universitarios Sostenidos con Fondos Públicos de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Fecha de publicación
jueves, 18 de septiembre de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
BachilleratoResumen
Resolución de 8 de septiembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación
Publicada en el BOE el 18 de septiembre de 2025
Esta resolución establece los requisitos y el procedimiento para que los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos en Ceuta y Melilla puedan ofrecer el Bachillerato en tres años académicos en régimen ordinario. La normativa responde a la disposición del artículo 32.3 de la Ley Orgánica 2/2006, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, que contempla la posibilidad de cursar esta etapa en tres años en circunstancias específicas.
Afecta directamente a alumnos que, por motivos como compatibilidad con enseñanzas profesionales de música o danza, condición de deportista de alto rendimiento, necesidades educativas especiales o circunstancias personales que dificulten el desarrollo normal de los estudios (enfermedad, obligaciones laborales o familiares), puedan solicitar esta modalidad. La solicitud debe presentarse en matrícula inicial o, en casos específicos, durante el curso, acompañada de la documentación acreditativa correspondiente.
El procedimiento incluye la evaluación por parte del centro y la autorización por la Dirección Provincial de Educación, con un plazo máximo de 15 días para la resolución. La distribución de materias en bloques y los criterios de promoción se ajustan a la ordenación establecida en la Orden EFP/755/2022, garantizando la continuidad académica y la flexibilidad en la organización del currículo.
La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación y tiene como objetivo facilitar una adaptación curricular que permita a determinados alumnos completar el Bachillerato en tres años, promoviendo la inclusión y la flexibilidad educativa en Ceuta y Melilla.
Boletines relacionados
BOE-A-2025-18513
Orden de 2 de Julio de 2025, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la Que Se Acuerda el Diseño y Estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales de Instancia Que Deben Constituirse el 1 de Julio de 2025, Conforme a las Previsiones Contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de Enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
BOE-A-2025-18511
Resolución de 17 de Septiembre de 2025, del Banco de España, por la Que Se Publican los Cambios del Euro Correspondientes Al Día 17 de Septiembre de 2025, Publicados por el Banco Central Europeo, Que Tendrán la Consideración de Cambios Oficiales, de Acuerdo con Lo Dispuesto en el Artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de Diciembre, sobre la Introducción del Euro.
BOE-A-2025-18512
Resolución de 17 de Septiembre de 2025, del Banco de España, por la Que Se Publican Determinados Tipos de Interés Oficiales de Referencia del Mercado Hipotecario.
BOE-A-2025-18515
Resolución de 7 de Enero de 2025, de la Universidad Euneiz, por la Que Se Publica el Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Gestión Deportiva.
BOE-A-2025-18516
Resolución de 7 de Enero de 2025, de la Universidad Euneiz, por la Que Se Publica el Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Ciencia de Datos.
BOE-A-2025-18514
