BOE-A-2025-21171

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 28 de Julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Calafell, por la Que Se Suspende la Inscripción de Una Escritura Subsanación de Escritura de Reparcelación.

Fecha de publicación

martes, 21 de octubre de 2025

Resumen

Resolución de 28 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución revisa un recurso presentado por el notario Antonio Ángel Longo Martínez contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Calafell, que suspende la inscripción de una escritura de subsanación de reparcelación voluntaria. La resolución analiza la legalidad de la modificación de superficies y la descripción de fincas en el proceso de reparcelación, específicamente respecto a la finca registral 3.439.

Afecta a notarios, registradores, abogados y gestores urbanísticos, ya que clarifica que la aportación de una porción de finca (en lugar de la finca completa) y la modificación de su superficie, siempre que esté debidamente documentada y georreferenciada, no impiden la inscripción. La resolución revoca la calificación negativa, considerando que las coordenadas georreferenciadas y la documentación catastral aportada cumplen con la normativa vigente, y que la modificación de superficie no afecta la validez del proceso de reparcelación aprobado por la administración.

Se establece que la inscripción puede proceder incluso si la superficie de la finca matriz varía respecto a la inicialmente registrada, siempre que se respete la descripción real y se tramite el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para su rectificación. La resolución reafirma la importancia de la documentación técnica y la correcta interpretación de la normativa urbanística y registral.

La decisión entra en vigor de inmediato y puede ser recurrida ante los tribunales civiles en el plazo de dos meses.