BOE-A-2025-21871

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 30 de Julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad de Madrid N.º 27, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro de Alquiler de Corta Duración Turístico por No Aportarse Licencia de Uso Turístico para el Municipio de Madrid.

Fecha de publicación

jueves, 30 de octubre de 2025

Resumen

Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que revisa la denegación de inscripción del Número de Registro de Uso Administrativo (NRUA) para viviendas turísticas en Madrid. La resolución regula la validez y efectos de las declaraciones responsables presentadas ante la Comunidad de Madrid en materia de alquiler turístico, frente a la exigencia de licencia urbanística municipal.

Afecta principalmente a propietarios y gestores de viviendas turísticas en Madrid, así como a profesionales del sector inmobiliario y registradores. La resolución establece que la presentación de declaración responsable en el período comprendido entre el 13 de abril y el 20 de mayo de 2019, junto con la inscripción en el Registro autonómico, es suficiente para la inscripción del NRUA en el Registro de la Propiedad, sin necesidad de licencia urbanística previa. Rechaza la interpretación que exige licencia municipal desde 2014, argumentando que la normativa autonómica de la Comunidad de Madrid prevalece sobre regulaciones urbanísticas locales en materia de viviendas turísticas, en virtud del principio de especialidad normativa.

Además, reafirma que la función del registrador se limita a verificar la existencia y validez formal de los documentos administrativos, sin revisar la legalidad sustantiva de los actos administrativos emitidos por órganos competentes. La resolución también denuncia la inadecuada intromisión del Ayuntamiento de Madrid en funciones registrales y la vulneración de principios constitucionales de seguridad jurídica y confianza legítima. La entrada en vigor de esta resolución es inmediata, reforzando la protección de derechos adquiridos y la seguridad jurídica en el ámbito del alquiler turístico en Madrid.

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