BOE-A-2025-22427
Boletín Oficial del Estado
Acuerdo de Coproducción Cinematográfica y Audiovisual Entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Colombia, Hecho en Bogotá y Barcelona el 26 y 29 de Septiembre de 2025.
Fecha de publicación
jueves, 6 de noviembre de 2025
Sección
I. Disposiciones GeneralesResumen
Resolución de 31 de octubre de 2025 del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Objeto:
Este acuerdo internacional regula la coproducción cinematográfica y audiovisual entre el Gobierno de España y el de Colombia, estableciendo las condiciones, procedimientos y beneficios para las obras realizadas conjuntamente por empresas de ambos países.
Impacto y afectados:
Afecta a productores, empresas audiovisuales y autoridades culturales de ambos países, facilitando la colaboración en proyectos de ficción, animación, documentales, series y televisión. Permite la clasificación de las obras como nacionales en ambos territorios, beneficiando su acceso a incentivos, beneficios y mercados. Además, promueve el intercambio cultural y económico, fortaleciendo las industrias cinematográficas y audiovisuales de España y Colombia.
Principales aspectos regulados:
- Definición de coproducción y requisitos para su aprobación por las autoridades competentes (ICAA en España y Ministerio de Cultura en Colombia).
- Participación económica, técnica y artística, con porcentajes mínimos y máximos establecidos.
- Procedimientos de solicitud, documentación requerida y plazos para la aprobación previa al inicio del rodaje.
- Distribución de derechos, beneficios y responsabilidades, incluyendo aspectos de rodaje, posproducción y derechos de explotación.
- Reglas para la participación de terceros países en coproducciones multilaterales.
- Mecanismos de seguimiento y resolución de controversias mediante una Comisión Mixta.
- Vigencia inicial de cinco años, con renovación automática y posibilidad de modificación por acuerdo mutuo.
Entrada en vigor:
El acuerdo entró en vigor el 29 de septiembre de 2025, tras su firma en Bogotá y Barcelona, y permanecerá vigente por cinco años, con posibilidad de renovación automática.
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