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Acuerdos Internacionales Administrativos en el BOE

Este epígrafe recoge los acuerdos internacionales administrativos, una categoría de acuerdos que ejecutan o desarrollan un tratado internacional ya vigente, firmados por órganos u organismos competentes por razón de materia en vez de por el Jefe del Estado o del Gobierno, conforme al artículo 2.c de la Ley 25/2014 de Tratados y otros Acuerdos Internacionales. BOE Hoy resume cada publicación para facilitar su seguimiento.

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BOE-A-2026-183641 sept 2026

Convenio Entre el Centre National de la Recherche Scientifique y el Consorcio Instituto de Astrofísica de Canarias, del Reino de España Relativo a la Renovación del Laboratorio Internacional de Investigación Laboratorio Franco-español de Astrofísica en Canarias («fslac»), Hecho en París y San Cristóbal de la Laguna el 9 y 20 de Julio de 2026.

BOE-A-2026-1654730 jul 2026

Primera Adenda Al Acuerdo Suscrito Entre el Ministerio del Interior del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (oim) Relativo a la Realización de Proyectos en las Áreas Temáticas de Retorno Voluntario Asistido y Reintegración y Gestión Fronteriza Integrada, Hecha en Madrid el 21 y 22 de Julio de 2026.

BOE-A-2026-144293 jul 2026

Enmiendas Al Acuerdo Internacional Administrativo Entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Instituto Universitario Europeo, Relativo a la Financiación de Ayudas para Investigadores Que Participen en el Programa de Doctorado de Dicha Institución, Hecho en Madrid y Florencia el 1 de Diciembre de 2025, Hechas en Madrid y Florencia el 25 de Junio de 2026.

BOE-A-2026-1251810 jun 2026

Compromiso para el Reconocimiento por Parte del Gobierno de la República Árabe de Egipto de Certificados de Competencia Expedidos por el Gobierno de España de Acuerdo a la Regla 1/10 del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, Enmendado (convenio Stcw 78, Enmendado), Hecho en Madrid el 19 de Agosto de 2013.

BOE-A-2026-1117825 may 2026

Acuerdo Internacional Administrativo en Aplicación del Instrumento de Ratificación del Convenio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, Firmado en París el 14 de Diciembre de 1960 Entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, Hecho en Madrid y París el 2 y el 16 de Febrero de 2026.

BOE-A-2026-622617 mar 2026

Compromiso Relativo Al Reconocimiento Mutuo de la Formación y Titulación de la Gente de Mar Entre la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento de España y la Entidad Jurídica de Derecho Público Agencia de Transporte Marítimo del Ministerio de Economía y Desarrollo Sostenible de Georgia, sobre Reconocimiento Mutuo de Títulos de Conformidad con la Regla I/10 del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, de 1978, con Sus Modificaciones, Hecho en Tiflis y Madrid el 23 de Septiembre y 18 de Noviembre de 2014.

BOE-A-2026-381219 feb 2026

Acuerdo Concerniente Al Reconocimiento de la Formación y Titulación para la Gente de Mar Procedente de México Entre la Dirección General de Marina Mercante de México en Representación del Gobierno de México y la Dirección General de la Marina Mercante de España en Representación del Gobierno de España, Hecho en Madrid y Ciudad de México el 18 y 30 de Julio de 2002.

Qué es un acuerdo internacional administrativo

Es un acuerdo no constitutivo de tratado, firmado por órganos, organizaciones u organismos de una Administración competentes por razón de la materia, cuyo contenido está ya cubierto o autorizado por un tratado internacional vigente que desarrolla o ejecuta. Se rige por el Derecho Internacional, conforme a la Ley 25/2014.

En qué se diferencia de un tratado internacional

El tratado obliga al Estado español como tal y requiere el procedimiento de negociación, firma y ratificación previsto en el Título II de la Ley 25/2014. El acuerdo internacional administrativo lo firman directamente órganos técnicos de una Administración, sin ese trámite completo, y su validez depende jurídicamente del tratado al que desarrolla.

Qué tipo de materias suelen cubrir

Cooperación técnica entre administraciones de distintos países, intercambio de información sectorial, colaboración policial o aduanera, y otros aspectos de ejecución práctica de compromisos ya asumidos mediante un tratado previo.

Dónde se publican

En el BOE, igual que los tratados internacionales, tras su firma, en cumplimiento de la propia Ley 25/2014, que exige dar publicidad oficial a este tipo de acuerdos para que produzcan efectos.

Cómo seguir publicaciones de acuerdos internacionales administrativos con BOE Hoy

Puedes filtrar este epígrafe por fecha o por departamento para ver los últimos acuerdos firmados por la Administración española con otros países.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un acuerdo internacional administrativo?

Es un acuerdo firmado por órganos u organismos de una Administración competentes por razón de la materia, que ejecuta o desarrolla un tratado internacional ya vigente, conforme al artículo 2.c de la Ley 25/2014.

¿En qué se diferencia de un tratado internacional?

El tratado obliga al Estado como tal y sigue el procedimiento completo de negociación, firma y ratificación de la Ley 25/2014. El acuerdo administrativo lo firman órganos técnicos, sin ese trámite, y depende jurídicamente del tratado que ya lo cubre.

¿Dónde se publican estos acuerdos?

En el BOE, igual que los tratados internacionales, tras su firma, en cumplimiento de la Ley 25/2014, que exige darles publicidad oficial para que produzcan efectos.