BOE-A-2025-23620
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 18 de Noviembre de 2025, del Instituto de la Juventud, O.a., por la Que Se Crea la Sede Electrónica del Organismo.
Fecha de publicación
sábado, 22 de noviembre de 2025
Sección
I. Disposiciones GeneralesDepartamento
Ministerio de Juventud e InfanciaResumen
Resolución de 18 de noviembre de 2025 del Instituto de la Juventud por la que se crea la sede electrónica del organismo. La norma regula la creación y funcionamiento de la sede electrónica del INJUVE, estableciendo su dirección (https://injuve.sede.gob.es) y las responsabilidades de gestión y seguridad, en línea con la Ley 40/2015 y el Reglamento de actuación por medios electrónicos. La sede permitirá a ciudadanos y empresas realizar trámites, consultas y gestiones electrónicas relacionadas con el organismo, garantizando accesibilidad, protección de datos y seguridad en las transacciones. La creación responde a la necesidad de facilitar relaciones digitales seguras, eficientes y transparentes, alineadas con los principios de interoperabilidad y responsabilidad administrativa. La sede estará operativa en un plazo máximo de seis meses desde su publicación y se dirigirá exclusivamente a los órganos y unidades del INJUVE. Además, se habilitan canales de atención telefónica y presencial, y se establecen mecanismos para sugerencias y quejas. La implementación no implicará incremento de gasto público, ya que se atenderá con recursos existentes. La resolución refuerza el compromiso del organismo con la digitalización de sus servicios y la mejora en la relación con la ciudadanía, en cumplimiento de la normativa vigente en administración electrónica. En resumen, esta norma moderniza la interacción del INJUVE con los usuarios, promoviendo una gestión más ágil, segura y accesible, en línea con las políticas de transformación digital del sector público. La sede entrará en funcionamiento tras su publicación y en el plazo establecido, garantizando la plena operatividad de los servicios electrónicos del organismo.
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