BOE-A-2025-24272
Boletín Oficial del Estado
Resolución 400/38500/2025, de 20 de Noviembre, de la Subsecretaría, por la Que Se Convoca el Procedimiento de Integración en la Condición de Personal Estatutario del Personal Funcionario y Laboral del Hospital Central de la Defensa en Madrid, del Hospital General de la Defensa en Zaragoza, del Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas, del Instituto de Medicina Preventiva de la Defensa y del Instituto de Toxicología de la Defensa.
Fecha de publicación
lunes, 1 de diciembre de 2025
Departamento
Ministerio de DefensaResumen
Resolución de 20 de noviembre de 2025, publicada en el BOE el 1 de diciembre de 2025, que convoca el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal funcionario y laboral del Hospital Central de la Defensa en Madrid, Hospital General de la Defensa en Zaragoza, Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas, Instituto de Medicina Preventiva y del Instituto de Toxicología de la Defensa. La norma regula la convocatoria para la integración voluntaria en el régimen estatutario, en categorías y titulaciones equivalentes, de personal laboral fijo, funcionario de carrera y determinado personal laboral temporal en estos centros, en línea con la Ley 55/2003 y el Real Decreto 931/2025. Afecta al personal que actualmente presta servicios en dichas instituciones, en activo, en situación de reserva, excedencia o suspensión, excluyendo al personal de otras Administraciones y a quienes estén en situación de jubilación. La convocatoria establece requisitos específicos de titulación, nacionalidad, capacidad, edad y antecedentes disciplinarios, además de los procedimientos para presentar solicitudes electrónicas en la Sede Electrónica del Ministerio de Defensa en un plazo de 15 días hábiles desde su publicación. La instrucción y resolución del proceso corresponden a la Subsecretaría de Defensa, con publicación de listas provisionales y definitivas, y la toma de posesión inmediata tras el nombramiento. El plazo máximo para resolver es de seis meses, y la toma de posesión es condición indispensable para formalizar la integración. La norma entra en vigor de forma inmediata tras su publicación.
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