BOE-A-2025-24656

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 20 de Agosto de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa del Registrador de la Propiedad de Torrejón de Ardoz N.º 3 a Inscribir Una Escritura de Compraventa de Finca Subastada en Ejecución Extrajudicial de Hipoteca.

Fecha de publicación

jueves, 4 de diciembre de 2025

Resumen

Resolución de 20 de agosto de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que revisa la negativa del Registro de la Propiedad de Torrejón de Ardoz n.º 3 a inscribir una compraventa de finca subastada en ejecución extrajudicial de hipoteca. La resolución afecta a la inscripción de la escritura otorgada el 1 de abril de 2025, en relación con una finca en ejecución hipotecaria, y revisa los motivos de la calificación negativa, principalmente por incumplimientos en requisitos fiscales, notificación del requerimiento de pago y situación posesoria del inmueble. La resolución confirma que, en este caso, se acreditó el cumplimiento de obligaciones fiscales y que las notificaciones, realizadas en el domicilio pactado y en la finca hipotecada, fueron válidas conforme a la normativa vigente, incluyendo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Además, se destaca que la notificación al fiador e hipotecante no deudor, en su caso, fue válida al practicarse en domicilio conocido y autorizado. La resolución también aclara que la calificación negativa basada en supuestos de indefensión por notificación defectuosa no se sostiene, dado que las notificaciones se practicaron en los términos legalmente establecidos. La decisión, por tanto, desestima el recurso presentado y confirma la calificación del registrador, estableciendo que la inscripción puede proceder si se cumplen los requisitos legales. La resolución entra en vigor de inmediato y puede ser recurrida ante los tribunales civiles en plazo de dos meses.