BOE-A-2025-26827
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 12 de Diciembre de 2025, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la Que Se Aprueban las Limitaciones a las Autorizaciones de Nuevas Plantaciones y las Restricciones de Autorizaciones de Replantación en la Denominación de Origen Protegida Cava para 2026, 2027 y 2028, y Se Publican las Decisiones Adoptadas en 2025 por las Comunidades Autónomas sobre las Recomendaciones de Limitación de Autorizaciones de Nueva Plantación y de Restricciones a las Autorizaciones de Replantación en el Ámbito de las Denominaciones de Origen Protegidas Que Se Ubiquen en Su Territorio para 2026.
Fecha de publicación
sábado, 27 de diciembre de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónEpígrafe
Sector VitivinícolaResumen
Resolución de 12 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios
Esta norma regula las limitaciones y restricciones a las autorizaciones de nuevas plantaciones y replantaciones de viñedo en la Denominación de Origen Protegida (DOP) «Cava» para los años 2026 a 2028, en línea con el marco regulatorio europeo y nacional.
Se establecen límites específicos: la superficie máxima para nuevas plantaciones en la zona de la DOP «Cava» será de 0,1 hectáreas anuales durante 2026, 2027 y 2028. Además, se prohíben las autorizaciones de replantación que destinen su producción a vinos con esta DOP, salvo en casos excepcionales previstos por la normativa europea.
La resolución afecta directamente a los productores y organizaciones del sector vitivinícola, especialmente a los solicitantes de autorizaciones de replantación en dichas zonas, y busca evitar la sobreoferta que pueda devaluar la calidad y prestigio del «Cava».
Asimismo, se publican las decisiones de las comunidades autónomas de Castilla y León (sobre «Ribera del Duero» y «Rueda») y del País Vasco (sobre «Bizkaiko Txakolina» y «Getariako Txakolina») respecto a las limitaciones y restricciones adoptadas en 2025, en cumplimiento de los procedimientos administrativos establecidos.
La resolución entra en vigor desde su publicación en el BOE, el 27 de diciembre de 2025, y puede ser recurrida en alzada en el plazo de un mes.
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