BOE-A-2026-12856

Boletín Oficial del Estado

Instrucción de 11 de Junio de 2026, de la Subsecretaría, sobre las Consecuencias de la Entrada en Vigor del Pacto Europeo de Migración y Asilo en el Recurso Administrativo de Reposición en el Ámbito de la Protección Internacional.

Fecha de publicación

sábado, 13 de junio de 2026

Resumen

Instrucción de 11 de junio de 2026, del Ministerio del Interior
Publicada en BOE el 13 de junio de 2026

Esta instrucción regula la incompatibilidad entre el recurso administrativo de reposición y la aplicación de los Reglamentos (UE) 2024/1348 y 2024/1351, que integran el Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA), en el ámbito de la protección internacional. A partir de su entrada en vigor, el 12 de junio de 2026, los recursos judiciales previstos en estos Reglamentos serán los únicos procedentes, excluyendo la posibilidad de presentar recursos de reposición en la vía administrativa nacional, ya que estos afectarían los plazos y garantías de tutela judicial efectiva establecidas por la normativa europea.

El impacto práctico afecta a solicitantes de protección internacional, abogados y funcionarios, quienes deberán orientar sus recursos directamente a la vía judicial, respetando los plazos específicos de los Reglamentos europeos (entre 2 semanas y 1 mes, según el caso). La instrucción también establece que los escritos autocalificados como recursos de reposición serán calificados y tramitados conforme a Derecho, sin que ello interrumpa los plazos para recursos judiciales.

Asimismo, la normativa refuerza la primacía del Derecho de la Unión, señalando que las resoluciones en protección internacional serán recurribles en los plazos establecidos en los Reglamentos, sin que la presentación de recursos administrativos de reposición pueda paralizar o alterar dichos plazos. La instrucción busca garantizar la coherencia con el marco europeo, asegurando la efectividad de la tutela judicial y la aplicación directa del PEMA en España.

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