BOE-A-2026-3278
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 10 de Febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la Que Se Establecen Disposiciones de Ordenación de la Pesquería de Caballa, Stock Mac/2cx14, para los Buques de los Censos de las Flotas de Altura, Gran Altura y Buques Palangreros Mayores y Menores de 100 Toneladas de Registro Bruto, Que Operan Dentro de los Límites Geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste (neafc).
Fecha de publicación
jueves, 12 de febrero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónEpígrafe
Pesca MarítimaResumen
Resolución de 10 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca
Esta resolución regula la gestión de la pesquería de caballa (Scomber scombrus) en el stock MAC/2CX14, operada por buques de las flotas de altura y palangreros mayores y menores de 100 toneladas en la zona del NEAFC. Establece una cuota total de 1.275.753 kg para 2026, distribuidos entre los buques autorizados, con un límite diario de captura de 10.000 kg por buque para evitar sobrepasar la cuota asignada. La medida afecta a las embarcaciones autorizadas bajo la Orden APM/920/2017, que operan en aguas del Atlántico Nordeste, incluyendo las flotas españolas y aquellas con derechos en la NEAFC.
El impacto práctico para los operadores pesqueros consiste en un marco regulatorio que limita las capturas diarias y totales, garantizando la sostenibilidad del recurso y evitando sanciones por exceso de cuota. Además, se prevén posibles modificaciones en los topes de captura en función de la evolución de la pesquería y los consumos, con información actualizada en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, el 13 de febrero de 2026, y será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026. Los interesados podrán interponer recursos en el plazo de un mes desde la publicación.
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