BOE-A-2026-4175
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 23 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa del Registrador Mercantil Xxiii de Madrid a Inscribir Una Escritura de Constitución de Una Sociedad.
Fecha de publicación
lunes, 23 de febrero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 23 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que revisa un recurso contra la negativa del Registro Mercantil de Madrid a inscribir parcialmente la constitución de la sociedad «Animana, S.L.». La resolución regula la posibilidad de practicar inscripciones parciales en los registros mercantiles, en particular en casos donde el objeto social incluya actividades reguladas por normativa específica, como el comercio mayorista de productos farmacéuticos. La resolución confirma que, en este caso, el Registro Mercantil debió haber practicado la inscripción parcial excluyendo la actividad de «comercio al por mayor de productos farmacéuticos», ya que su inclusión no es admisible sin la correspondiente autorización administrativa previa, y que la negativa del registrador no estuvo debidamente motivada. Además, se revisa la validez de la solicitud de inscripción parcial presentada por el representante de los interesados, concluyendo que, según la normativa, la firma de dicha instancia no requiere legitimación notarial, por lo que debe procederse a la inscripción parcial solicitada. La resolución destaca la importancia de motivar correctamente las negativas y la necesidad de respetar los derechos de los interesados a la inscripción parcial, siempre que no afecte a la legalidad y la veracidad del objeto social. La entrada en vigor es inmediata, y contra la misma cabe recurso ante los Juzgados de lo Mercantil en un plazo de dos meses.
