BOE-A-2026-4186
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 27 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa del Registrador de la Propiedad de Archidona a Inscribir la Representación Gráfica Georreferenciada Catastral de Una Finca por Advertir Dudas de Identidad, sin Tramitarse el Procedimiento Regulado en el Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
Fecha de publicación
lunes, 23 de febrero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, publicada en el BOE el 23 de febrero de 2026.
Esta resolución revoca la calificación negativa del registrador de la Propiedad de Archidona que denegó la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de una finca, y ordena iniciar el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para resolver dudas de identidad y límites.
Afecta a la finca registral 6.516 del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas, cuyo titular solicita inscribir una representación gráfica que aumenta su superficie de 25.051 a 30.662 m², basada en certificaciones catastrales. La negativa del registrador se fundamentó en que la representación invadía la finca colindante 7.110, debido a errores en la delimitación y titularidad catastral, y en la interpretación de cambios de titularidad por rectificación catastral en lugar de transmisión de dominio.
La resolución establece que, en casos donde la representación gráfica no altere la realidad física ni invada fincas colindantes, debe iniciarse el procedimiento del artículo 199, permitiendo alegaciones y notificaciones a colindantes. La decisión enfatiza que la inscripción parcial o la rectificación de límites deben realizarse mediante procedimientos adecuados, y que las dudas fundadas deben resolverse con motivación objetiva, no arbitraria.
La entrada en vigor es inmediata, y la resolución permite solicitar recursos ante el Juzgado en el plazo de dos meses.
