BOE-A-2026-4882

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 11 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad de León N.º 1, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

lunes, 2 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 11 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado por Baru Haus, SL, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de León, que suspendió la asignación de un número de registro para un alquiler turístico de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios. La decisión se fundamenta en la similitud con resoluciones previas que han desestimado recursos similares, remitiendo a sus fundamentos jurídicos.

El impacto práctico afecta a propietarios y gestores de alquileres turísticos en comunidades con restricciones estatutarias, confirmando que dichas prohibiciones pueden impedir la inscripción registral de actividades de alquiler de corta duración. Jurídicamente, refuerza la validez de las limitaciones estatutarias en el ámbito del registro de propiedades y alquileres turísticos.

La resolución establece que los interesados pueden interponer recurso judicial mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil correspondiente en un plazo de dos meses desde la notificación, aplicándose las normas del juicio verbal según los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria.

En vigor desde su publicación el 2 de marzo de 2026, la resolución clarifica la inadmisibilidad de recursos en estos casos, consolidando la postura del organismo respecto a la compatibilidad de las restricciones estatutarias con la inscripción registral de alquileres turísticos.