BOE-A-2026-4892

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 12 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad de Gandía N.º 4, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

lunes, 2 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 12 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado por Megamoto Store, SLU, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Gandía número 4, que suspende la asignación de un número de registro para un alquiler turístico de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios. La decisión se fundamenta en la similitud con resoluciones previas que han sido desestimadas por el mismo órgano.

El impacto práctico afecta a promotores y administradores de alquileres turísticos en comunidades con restricciones estatutarias, confirmando que las prohibiciones en los estatutos de la comunidad pueden impedir la inscripción registral de dichas actividades. Jurídicamente, ratifica la inadmisión de recursos en estos casos, remitiendo a los fundamentos de Derecho de resoluciones anteriores.

La resolución se publica en el BOE y es definitiva, aunque los interesados pueden presentar recurso de amparo ante el Juzgado de lo Civil en el plazo de dos meses desde la notificación, siguiendo las normas del juicio verbal.

En vigor desde su publicación, la resolución clarifica la posición del órgano registral respecto a la compatibilidad de las prohibiciones estatutarias con la inscripción de alquileres turísticos, aportando seguridad jurídica en la gestión de estos registros.