BOE-A-2026-4897

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 13 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Arrecife, por la Que Se Suspende la Asignación del Número de Registro de Alquiler de Corta Duración Solicitado y la Práctica de la Correspondiente Nota Marginal, por No Constar Inmatriculada la Finca sobre la Que Se Solicita Dicho Número.

Fecha de publicación

lunes, 2 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución revisa la denegación del registro de alquiler de corta duración solicitada para una finca no inmatriculada en Arrecife, Canarias. La resolución confirma que, según la normativa vigente, la asignación del número de registro de alquiler y la práctica de la nota marginal correspondiente requieren previamente la inmatriculación de la finca y la declaración de obra nueva terminada, garantizando así la seguridad jurídica y la correcta identificación registral del inmueble. La resolución afecta a propietarios, gestores y plataformas de alquiler turístico, estableciendo que no es posible registrar ni ofrecer en plataformas un inmueble no inscrito en el Registro de la Propiedad, en línea con la normativa europea (Reglamento UE 2024/1028) y la legislación estatal y autonómica. La decisión refuerza la necesidad de cumplir con los requisitos de inscripción previa y la verificación técnica y urbanística antes de la asignación del código de alquiler, evitando ofertas irregulares y garantizando la legalidad del ejercicio de la actividad turística. La resolución entra en vigor y se mantiene la calificación negativa, dejando abierta la posibilidad de recurso judicial en dos meses. Este criterio busca armonizar la normativa europea, estatal y autonómica, priorizando la legalidad, la seguridad jurídica y la protección del mercado inmobiliario y turístico.