BOE-A-2026-4903

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 13 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Marbella N.º 3, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

lunes, 2 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado por doña M. S. G. D. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Marbella nº 3, que suspendió la asignación de un número de registro único de alquiler turístico de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios. La decisión se fundamenta en la identidad del supuesto con resoluciones anteriores, que han sido desestimadas en múltiples ocasiones, y remite a los fundamentos jurídicos de dichas resoluciones.

El impacto práctico para los interesados es que no se admite la reclamación contra la calificación registral en este caso, consolidando la interpretación de que las prohibiciones estatutarias que impiden la actividad de alquiler turístico deben respetarse. La resolución también informa que los legitimados pueden presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la provincia del inmueble en un plazo de dos meses desde la notificación, siguiendo las normas del juicio verbal.

La resolución entra en vigor de inmediato y refuerza la posición del Registro en la protección de las limitaciones estatutarias en comunidades de propietarios respecto a alquileres turísticos. Es especialmente relevante para abogados, gestores y empresarios del sector turístico y inmobiliario, así como para profesionales del derecho y la administración pública que gestionan o asesoran en estos procedimientos.