BOE-A-2026-4914

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 14 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Benalmádena N.º 2, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

lunes, 2 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 14 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Benalmádena nº 2, que suspendía la asignación de un número de registro único para alquileres turísticos de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios. La decisión se fundamenta en la identidad del supuesto con resoluciones previas similares, que ya fueron desestimadas por este organismo.

El impacto práctico afecta a propietarios y gestores de inmuebles en comunidades con restricciones estatutarias, confirmando que dichas prohibiciones impiden la inscripción registral de alquileres turísticos de corta duración. La resolución refuerza la interpretación de la normativa hipotecaria y registral en materia de alquileres turísticos, estableciendo que las prohibiciones estatutarias en comunidades de propietarios son vinculantes y limitan la posibilidad de registrar dichas actividades.

Se informa que contra esta resolución procede recurso de amparo ante el Juzgado de lo Civil de la provincia donde se ubique el inmueble, en un plazo de dos meses desde su notificación, siguiendo las normas del juicio verbal.

La resolución entra en vigor de forma inmediata y reafirma la jurisprudencia sobre la inadmisibilidad de recursos en casos similares, consolidando la posición del organismo en la materia.